sábado, 25 de febrero de 2017

Reformas Constitucionales: Modificar la Constitución Hiede a Corrupción



Reformas Constitucionales

MODIFICAR LA CONSTITUCIÓN HIEDE A CORRUPCIÓN

Dr. Mario David García

El Diccionario de la Real Academia Española ofrece cinco acepciones para la palabra corrupción. Significa, en su orden: 1. f. Acción y efecto de corromper o corromperse. 2. f. Alteración o vicio en un libro o escrito. 3. f. Vicio o abuso introducido en las cosas no materiales. Corrupción de costumbres, de voces. 4. f. En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores. 5. f. desuso. diarrea.
Diccionario de la Real Academia Española, vigesimotercera edición.
De estos significados, el 2 y el 4 son evidentemente relevantes en estos días. El primero, como alteración de un escrito, lo que puede aplicarse adecuadamente a la abusiva pretensión de modificar el texto constitucional, para imponer consignas foráneas que inevitablemente destruirían al país. Violentando de paso el procedimiento establecido por la propia Constitución para su reforma.
Este procedimiento es más que claro, en el artículo 277 constitucional: “Tiene iniciativa para proponer reformas a la Constitución: a) El Presidente de la República en Consejo de Ministros; b) Diez o más diputados al Congreso de la República; c) La Corte de Constitucionalidad; y d) El pueblo mediante petición dirigida al Congreso de la República, por no menos de cinco mil ciudadanos debidamente empadronados por el Registros de Ciudadanos (…)”.
El Presidente en Consejo de Ministros, la CC y el pueblo no propusieron absolutamente nada. Cierto es que los impulsores de la idea consiguieron la apresurada firma de un medio centenar de diputados, de esos que firman sin ver lo que firman, -o si lo ven, tampoco entienden-, lo cual es otra situación viciada, censurable y lamentable para el país.
La segunda acepción de corrupción atingente, que ofrece el DRAE, es harto conocida: el beneficio económico o de otra clase de quien ejerce una función pública, que quita el sueño a tanto sinvergüenza y explica que “maten por llegar al poder”.
Para combatir esta lacra, el economista norteamericano Robert Klitgaard expuso hace más de tres décadas una ecuación que es ahora famosa: C=M+D-T. Que dice que la Corrupción es igual a Monopolio (de una actividad de poder) más Discrecionalidad del funcionario que la realiza (esto es que nadie controla las acciones de un tonto o un largo con iniciativa), menos Transparencia (o sea que actúa en secreto y/o sin rendición de cuentas).
El propuesto Consejo Nacional de Justicia es un opaco monopolio autopoiético (un adjetivo sacado de la biología, que designa una estructura capaz de reproducirse y mantenerse por sí misma), sin virtudes advertibles, pero con todos los vicios imaginables. Que nos venden como una solución a todos los problemas de corrupción en las Cortes.
Pero es obvio que resulta al revés. Con la gracejada de formar una troupe, de artistas de teatro, danza, cine o circo, uniformados todos con negras togas de jueces y magistrados…

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