Reformas Constitucionales
MODIFICAR LA CONSTITUCIÓN HIEDE A CORRUPCIÓN
Dr. Mario David García
El Diccionario de la Real
Academia Española ofrece cinco acepciones para la palabra corrupción.
Significa, en su orden: 1. f. Acción y
efecto de corromper o corromperse. 2. f. Alteración o vicio en un libro o
escrito. 3. f. Vicio o abuso introducido en las cosas no materiales. Corrupción
de costumbres, de voces. 4. f. En las organizaciones, especialmente en las
públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de
aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores. 5. f.
desuso. diarrea.
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| Diccionario de la Real Academia Española, vigesimotercera edición. |
De estos significados, el 2 y el
4 son evidentemente relevantes en estos días. El primero, como alteración de un
escrito, lo que puede aplicarse adecuadamente a la abusiva pretensión de modificar
el texto constitucional, para imponer consignas foráneas que inevitablemente destruirían
al país. Violentando de paso el procedimiento establecido por la propia
Constitución para su reforma.
Este procedimiento es más que
claro, en el artículo 277 constitucional: “Tiene iniciativa para proponer
reformas a la Constitución: a) El Presidente de la República en Consejo de
Ministros; b) Diez o más diputados al Congreso de la República; c) La Corte de
Constitucionalidad; y d) El pueblo mediante petición dirigida al Congreso de la
República, por no menos de cinco mil ciudadanos debidamente empadronados por el
Registros de Ciudadanos (…)”.
El Presidente en Consejo de
Ministros, la CC y el pueblo no propusieron absolutamente nada. Cierto es que
los impulsores de la idea consiguieron la apresurada firma de un medio centenar
de diputados, de esos que firman sin ver lo que firman, -o si lo ven, tampoco
entienden-, lo cual es otra situación viciada, censurable y lamentable para el
país.
La segunda acepción de corrupción
atingente, que ofrece el DRAE, es harto conocida: el beneficio económico o de
otra clase de quien ejerce una función pública, que quita el sueño a tanto
sinvergüenza y explica que “maten por llegar al poder”.
Para combatir esta lacra, el
economista norteamericano Robert Klitgaard expuso hace más de tres décadas una
ecuación que es ahora famosa: C=M+D-T. Que dice que la Corrupción es igual a Monopolio
(de una actividad de poder) más Discrecionalidad del funcionario que la realiza
(esto es que nadie controla las acciones de un
tonto o un largo con iniciativa),
menos Transparencia (o sea que actúa en secreto y/o sin rendición de cuentas).
El propuesto Consejo Nacional de
Justicia es un opaco monopolio autopoiético (un adjetivo sacado de la biología,
que designa una estructura capaz de reproducirse y mantenerse por sí misma),
sin virtudes advertibles, pero con todos los vicios imaginables. Que nos venden
como una solución a todos los problemas de corrupción en las Cortes.
Pero es obvio que resulta al
revés. Con la gracejada de formar una troupe,
de artistas de teatro, danza, cine o circo, uniformados todos con negras togas
de jueces y magistrados…

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